¿Corresponde computar el sábado dentro del plazo de tres días del art. 238 LGS para notificar la concurrencia a asamblea?
A propósito de ésta y otras cuestiones prácticas enlazadas a la incidencia del art. 238 LGS en las asambleas de sociedades anónimas
Año: 2021 | Páginas: 12