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Astrea Virtual
Autonomía personal y salud pública. Los triajes sanitarios. Biopolítica del cuerpo y de la población ante la epidemia. Responsabilidades. Incertidumbres futuras
Tipo: Libro
Edición: 1ra
Año: 2020
Páginas: 184
ISBN: 978-987-706-356-1
Tapa: Rústica
Formato: 23 x 16 cm
Precio: $56.000 (USD 38)
Precio por mes: $5000 (mínimo 3 meses)
Dr. José Sahián, 2026 Existe un género de incomodidad que es, sin embargo, dichosa: la de quien debe presentar el libro de aquel a quien admira por haber aprendido de sus libros. Comparezco esta tarde bajo esa incomodidad. El mío no es el lugar del recensionista, sino el del seguidor, el del admirador. Este libro “Vacunación y derechos fundamentales. El bien común versus el bien propio” trata de una temática que dividió a nuestras sociedades hasta el encono, y que aún hoy es capaz de dividirnos. La obra no toma partido por ninguno de los sectores que se enfrentaron en aquella discusión. Hace algo más difícil y más valioso: les quita la palabra a ambos y se la devuelve al derecho. El autor, Armando Segundo Andruet (h.) nació en Córdoba el 26 de abril de 1958. Se graduó de abogado en la Universidad Católica de esa provincia en 1982 y obtuvo allí mismo el doctorado en Derecho en 1997. Pero cualquier enumeración curricular es injusta. Porque en Andruet no hay UNA carrera: hay varios magisterios simultáneos. El primero es el magisterio de la docencia. Enseñó filosofía del derecho desde joven, y en 1989 empezó a ejercer la titularidad de esa cátedra. Su segundo magisterio es el académico: miembro de número de la Academia Nacional de Derecho de Córdoba y su presidente entre 2018 y 2024; y académico correspondiente de varias academias extranjeras, yo contabilizo 5, y otras tantas nacionales, algunas en esta provincia… El tercer magisterio es el del jurista. Ha publicado más de veinte libros propios, decenas de capítulos y centenares de contribuciones en revistas científicas del país y del extranjero. El cuarto es el magisterio de la magistratura. Fue vocal y presidente del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba. Quienes lo vieron juzgar saben que llevó al estrado exactamente lo mismo que llevaba al aula: la convicción de que la autoridad del juez no reside en la potestad que lo inviste, sino en la calidad de las razones que ofrece. De allí nació su contribución más singular a la cultura jurídica: la ética judicial como disciplina autónoma, dotada de objeto propio, de método y de consecuencias institucionales. Preside hoy el Tribunal de Ética Judicial del Poder Judicial de Córdoba. Repárese en lo siguiente: no se limitó a escribir sobre la ética de los jueces; construyó las instituciones que la hacen exigible. Hay juristas que producen doctrina y juristas que originan realidad. Él hizo las dos cosas. El quinto es el magisterio de la especialidad bioética. Director honorario del Centro de Bioética de la Universidad Católica de Córdoba, miembro de número de la Academia de Ciencias Médicas de Córdoba, profesor titular en la Facultad de Medicina. Obsérvese la anomalía: un filósofo del derecho que es profesor y académico de medicina. Y esa rareza es, precisamente, la clave del libro que hoy presentamos, porque sólo quien habita las dos orillas puede advertir el momento exacto en que el discurso sanitario deja de proteger a las personas y empieza a disponer de ellas. Quiero detenerme en algo que la bibliografía de este mismo libro permite verificar, y que me parece más elocuente que cualquier elogio: la extraordinaria coherencia de una trayectoria. En el año 2000 Andruet publicaba Bioética, derecho y sociedad. En 2007 compilaba Bioética y derechos humanos. En 2018 editaba Información médica y consentimiento informado, con estudios de campo y ensayos teóricos. En 2020, ya iniciada la pandemia, dirigía un volumen colectivo sobre las consecuencias jurídicas, institucionales, ambientales y sociales de la covid-19, y publicaba Estado de excepción sanitaria. En 2021 daba a conocer, en La Ley, Mitologías del covid-19 y un estudio sobre la bioética como disciplina metanormativa. Y en 2026 aparece el libro que hoy presentamos, pero que su escritura es anterior. Obsérvese lo que eso significa. El consentimiento informado –que es la clave de bóveda de la tesis central de esta obra– no es un recurso que el autor haya encontrado a la sombra de la pandemia para resolver un problema coyuntural. Es un tema que venía trabajando desde hacía muchos años. Cuando llegó la emergencia, Andruet no improvisó una doctrina: aplicó la que ya tenía. Esa es la diferencia entre un jurista y un comentarista. Quisiera detenerme también en el modo en que el maestro Andruet piensa. Hay dos rasgos que me llaman mucho la atención. El primero es que argumenta siempre contra sí mismo antes que contra el adversario. Sus páginas avanzan levantando objeciones a su propia tesis, y sólo después las responde. Es un procedimiento costoso, pero de profundidad sin par. El segundo es una erudición que no adorna, sino que trabaja. Cuando convoca a Aristóteles, a Foucault o a Sófocles, no lo hace para acreditar lecturas, son citas con la precisión del cirujano. Es que ni una coma le sobra o le falta a Andruet, solo comparable con el gran Borges. Ronald Cárdenas Krenz cierra el prólogo con una fórmula que quisiera hacer mía: escribe que prologa con aprecio “tanto al riguroso académico como al hombre de bien”. Ahí está dicho todo. Hay muchos juristas. Hay hombres de bien. La coincidencia de ambas categorías en una misma persona es estadísticamente improbable, y cuando ocurre, quienes la presenciamos tenemos el deber de decirlo en voz alta. Lo estoy diciendo. Paso a la obra. En 2020, en plena “presentidad” del conflicto sanitario –el término es suyo–, Astrea publicó Estado de excepción sanitaria. Lateralidades morales, sociales y jurídicas. Aquélla fue una escritura en la catástrofe; ésta es una escritura sobre la catástrofe. El propio autor precisa la diferencia: la primera estaba atravesada por “las subjetividades incuestionables por la muerte expuesta”; la segunda se escribe cuando ya es posible “el sufrimiento racionalizado”. La pandemia produjo una biblioteca, que el propio Andruet la inventaría en la primera nota de su introducción. Andruet los ha leído a todos, y los cita en el diagnóstico –refiere a Han, comparte con Agamben la inquietud de que el estado de excepción devenga situación normal, recoge de Bentham y de Foucault la figura del panóptico y la actualiza en lo que llama el “homo custoditus”, el hombre vigilado–. Pero no se detiene en el diagnóstico. Convierte la denuncia filosófica en un criterio jurídico operativo, susceptible de ser invocado ante un tribunal. La filosofía política de la pandemia nos dijo qué nos había pasado. Este libro nos dice qué habría que haber exigido, y qué habrá que hacer la próxima vez, si esto penosamente acontece. Nos adentremos en la obra que nos convoca, reitero Vacunación y derechos fundamentales. El bien común versus el bien propio, Editorial Astrea, colección Bioética y Bioderecho, Buenos Aires, 2026; doscientas catorce páginas; obra evaluada, conforme a estándares internacionales de referato externo con sistema doble ciego. Esto no es común en los libros de derecho, porque no lo es, es más que eso… Cinco capítulos, veintinueve parágrafos, un epílogo deliberadamente interrogativo y catorce páginas de bibliografía que van de Aristóteles a Žižek. El subtítulo enuncia la hipótesis con una precisión que conviene no dar por obvia: el bien común versus el bien propio. Dice versus, porque el libro está construido sobre la sospecha de que durante la pandemia esa preposición adversativa fue empleada como máquina de neutralización de derechos. Se nos dijo que había que elegir. El libro entero es una demostración de que la disyuntiva estaba mal planteada. La obra abre con Theodor Adorno y su célebre sentencia sobre la barbarie que hay en escribir un poema después de Auschwitz. Andruet la transpone al presente. El primer capítulo levanta el trípode conceptual sobre el que se apoyará todo el edificio: dignidad, vulnerabilidad y derechos fundamentales. La vulnerabilidad recibe un exquisito tratamiento. Todos, dice, hemos sido vulnerados por la pandemia; pero no todos lo hemos sido del mismo modo ni en el mismo grado. De allí surge la hipótesis que orienta el subtítulo: hubo un colectivo vulnerado en el punto más sutil de todos, que es la contextura misma de la idea de dignidad que cada uno tiene de sí. Ese colectivo son los grupos antivacunas. Y aquí el autor formula su primer juicio. No hay “los antivacunas”: hay un conglomerado heterogéneo que va desde quienes se mueven por un puro espíritu negacionista –aquellos a los que se llama “ignorantes ingenuos”– hasta los “fundamentalistas reflexivos”; pasando por quienes tienen rechazos orgánicos, químicos o fisiológicos documentados; por quienes sostienen posicionamientos políticos; y por quienes esgrimen objeciones que –dice textualmente– “guardan su asiento en la mejor tradición de la ética médica”. El libro incorpora incluso una categoría de su invención, útil y exacta: los “no vacunados contemplativos”, aquellos que no niegan la vacuna, sino que difieren la decisión. El segundo capítulo es el más severo: es una requisitoria. El parágrafo 7 lleva un título que debería ingresar al vocabulario de la disciplina: “Vulneración con máscara de protección”. Andruet recuerda que se trata de un instrumento del Bajo Medioevo –los venecianos ya lo empleaban en 1403– y sostiene que, en la República Argentina, que registra posiblemente la cuarentena severa más extensa del mundo, no funcionó sólo como herramienta sanitaria preventiva: encubrió una connotación biopolítica, porque bajo el discurso protectorio se produjo un fuerte relajamiento del funcionamiento de las instituciones jurídicas del Estado de derecho constitucional. Y en el parágrafo 9 acuña la expresión más dura del libro: la mistanasia institucional como práctica política de los gobiernos corruptos. La mistanasia: es la muerte evitable, socialmente producida, de quien muere antes de tiempo porque el sistema lo abandonó. Llamar así a lo que ocurrió en nuestra región durante aquellos años no es una licencia retórica: es una imputación, y el autor la formula sabiendo lo que dice: la enfermedad de los pueblos no habilita a los gobernantes a suprimir las garantías del Estado de derecho, porque los derechos fundamentales siguen en pie aun en tiempos de pandemia. Previamente el parágrafo 8 examina la fórmula que legitimó todas las restricciones: la primacía del bien común sobre el bien particular. Y aquí el autor no niega el principio: lo precisa. La primacía es absoluta –recuerda– cuando se trata de realidades del mismo género; pero en órdenes distintos, un bien particular de género más perfecto puede ser superior a un bien común de género inferior. Con lo cual la pregunta deja de ser si el bien común prevalece, y pasa a ser de qué género es cada uno de los bienes en juego. Una genialidad de Andruet… El tercer capítulo es el corazón filosófico de la obra. Y trae allí una distinción de Ernesto Garzón Valdés que ordena un problema entero: la que separa la catástrofe –la desgracia que resulta de causas naturales que escapan al control humano– de la calamidad –la que resulta de acciones humanas intencionales–. El fracaso frente a una pandemia, dice Andruet, ya no sería responsabilidad de un hecho meramente biológico: estaría asentado en una práctica calamitosa. Es decir: imputable. El autor renuncia al atajo que habría vuelto cómoda su tesis. Podría haber sostenido que no vacunarse es una conducta autorreferente, amparada por el art. 19 de la Constitución Nacional. No lo sostiene. Al contrario: invocando la distinción de Carlos Nino entre moral autorreferente y moral intersubjetiva, y transcribiendo la doctrina de nuestra Corte Suprema, afirma en la página 75 que una posición antivacuna nunca puede considerarse conducta autorreferente, porque la omisión de vacunarse convierte potencialmente a la persona en vector de contagio. De allí extrae la consecuencia dogmática: el cuerpo es el territorio donde los derechos fundamentales tienen mejor asiento que en ningún otro ámbito. Y de allí, a su vez, la conclusión que cierra el capítulo: resulta una contradictio in adiecto atribuir la cualidad de “bien común” a una realización que supone, para concretarse, la afectación de derechos personalísimos. El cuarto capítulo despliega el arsenal crítico más filoso de la obra. Se abre con la ciudadanía biológica: como durante siglos hubo personas apartadas por el color de su piel o por su casta de la India, hemos generado ahora una categoría de ciudadanos con derechos debilitados, definida no por la política sino por la biología. El rango que define la expulsión o la no admisión de una persona depende de causas ajenas al sujeto mismo. Como tener cierto color de piel. Como pertenecer a una raza. Como no estar vacunado. Sobre esa base formula la pregunta que titula el parágrafo 18 y que enuncia con toda deliberación: ¿las personas no vacunadas integran una subespecie humana? La respuesta es una arqueología de la exclusión. Aparece una distinción que me parece brillante: el gueto, que es siempre excluyente y existe para inmovilizar a quienes encierra, frente a la ciudad amurallada, que es incluyente y existe para proteger a quienes alberga. Lo que se construyó durante la pandemia, dice, se parece al primero y no a la segunda. Y en el parágrafo 19 acuña la figura del “ciudadano paria”: aquel que conserva nominalmente sus derechos políticos, pero tiene amputados los derechos individuales básicos –no puede entrar a un centro comercial, presenciar un espectáculo, visitar un museo, elegir dónde cenar–, de modo que su vida se reduce a niveles más propios de una subespecie, que de un ciudadano. El libro mide esa amputación con el catálogo de capacidades humanas básicas de Martha Nussbaum, y la comparación con el apartheid sudafricano no es gratuita. Frente a ese horizonte, la propuesta positiva. Primero, el criterio de sociedad decente de Margalit: decente es aquella sociedad cuyas instituciones no actúan de manera que las personas sujetas a su autoridad tengan razones para sentirse humilladas. Segundo, la práctica rawlsiana de los consensos entrecruzados. Andruet sostiene que, antes de decretar cualquier apartheid sanitario, el Estado decente está obligado a agotar el itinerario deliberativo: incentivos fiscales, pedagogía sanitaria, persuasión, incluso –dice– la mercantilización del acto de vacunarse. Y contrapone explícitamente ese camino al del amedrentamiento. Los parágrafos 23 a 25 conducen al núcleo. El eje es el consentimiento informado. El autor explica con precisión técnica lo ocurrido: para ganar tiempo se superpusieron fases de investigación. Y apela a la memoria, que es donde el argumento gana su gravedad. En la conciencia moral de las generaciones posteriores a la Segunda Guerra existe un recuerdo vivo de los abusos de la investigación en seres humanos; de él se sigue que no puede aprovecharse de personas atemorizadas por una pandemia real para vincularlas como conejillos de Indias. El quinto capítulo contiene la tesis central: El estatuto regulatorio de la vacuna opera como condición de validez de su obligatoriedad. Mientras el fármaco conserva aprobación de emergencia, el Estado carece de título jurídico suficiente para imponerlo. Alcanzada la aprobación definitiva, el título nace: puede legalizarse la obligatoriedad y aparejarse sanciones a su incumplimiento. Y aquí viene la distinción que da a la obra su mayor utilidad práctica, porque convierte un principio abstracto en criterio operativo: vacunación obligatoria no es vacunación forzosa. Una cosa es que la ley imponga la obligatoriedad y prevea escalonamiento de multas, clausuras de lugares, mayores cargas impositivas, retiro de autorizaciones para ciertas explotaciones comerciales o impedimentos de circulación; y otra muy distinta es someter a una persona a sujeción física para inyectarla. A esta tesis se anuda una distinción conceptual de enorme fecundidad. Lo que el Estado puede exigir del ciudadano no es altruismo –que por definición es supererogatorio y, por tanto, inexigible– sino cooperación. El epílogo, que el autor titula con un interrogante, expone la razón moral de todo el recorrido. Allí introduce, de la mano de Roberto Esposito y de la glosa de Donatella Di Cesare, la advertencia que sobrevivirá a la coyuntura que le dio origen: que allí donde prevalece la inmunidad decrece la comunidad; que una democracia inmunitaria tiene poca comunidad, porque lo comunitario es también el compartir obligaciones recíprocas, que es justamente lo que los regímenes inmunitarios niegan. Después de las doscientas catorce páginas de argumentación de una rigurosidad inigualable, pero de lectura que no puede detenerse porque es tan elevada intelectualmente que emociona, Andruet advierte que las tesis que defendemos no son sostenibles de modo invariable en el tiempo, porque las transformaciones socioculturales les confieren presencias fenomenológicas distintas. Y cierra el libro: “Pero eso es cuestión de zorros, no de erizos”. Andruet escribe como un zorro –con esa erudición insaciable que va de Aristóteles a Žižek, de Adorno a Han, de Francisco de Vitoria a la tragedia de los Andes, de Susan Sontag a la jurisprudencia de la Corte de los Estados Unidos–. Pero Andruet también piensa como un erizo. Porque debajo de los veintinueve parágrafos, de los centenares de notas al pie, de las varias academias extranjeras y de sus distintos magisterios, hay una sola cosa, y es grande, y es siempre la misma: la dignidad de la persona humana no admite ser puesta en balance. No contra la eficacia. No contra la emergencia. No contra el miedo. Ni siquiera contra el bien común, cuando ese bien común se construye sobre el cuerpo no consentido de alguien. Vendrán otras pandemias; en el propio libro se advierte, y la única duda que deja abierta es si llegarán provocadas por el hombre o por causas ajenas a él. Cuando llegue ese día, alguien tendrá que decidir, con prisa y con miedo, hasta dónde puede el Estado disponer de nuestros cuerpos. Y decidirá mal, casi con seguridad, si no tiene a mano un criterio construido con razón. Ojalá quien deba hacerlo tenga este libro sobre la mesa. Porque su mayor mérito no es haber acertado sobre lo ocurrido en 2020 y 20211: es haber dejado escrito, con serenidad y por anticipado, el criterio con el que habrá de juzgarse la próxima vez. Nuestra deuda con tan esplendido libro. Es leerlo, discutirlo, citarlo y –si lamentablemente llega la ocasión– invocarlo. Un libro que sostiene lo que éste sostiene, escrito por quien lo escribió, no necesita presentación. Necesita lectores.
Armando Andruet es autor de obras académicas universitarias dedicadas a la filosofía del derecho, la ética judicial y la bioética. En esta ocasión sorprende con un libro pequeño, que hace gala de la totalidad de aristas que el autor conoce disciplinalmente, pero al ser escrito coloquialmente y proponiendo reflexiones antes que formulando tesis acabadas; lo vuelve muy atractivo y disparador de proyecciones en las que se puede o no estar de acuerdo.
La obra se compone de cuatro capítulos, el último –subdividido en tres partes– se lleva la mitad de lo escrito y un aparato bibliográfico significativo. Habremos de profundizar ahora en el citado, sin desconocer los otros propedéuticos al mayor. Han sido varios autores que han preguntado si por el Covid-19, no cabe pensar que nos encontremos en un período histórico diferente. Luego señala el autor, como se ha ido produciendo la unificación microbiana, y la razón por la cual, no puede haber vida humana sin ella, aunque reconociendo que los riesgos de los virus son siempre latentes. Sostiene en tesis, que nuestra civilización estará asediada por tiempos de pandemias nuevas.
Por último, antes de ingresar al capítulo central, y habiendo dejado estimada la posibilidad que existía de la pandemia, reflexiona sobre las responsabilidades que ante la humanidad el colectivo científico –o una parte del mismo– tiene en el suceso. No responsabilidad jurídica, sino científica y moral, que se resume en un reflexionar sobre el papel poco solidario de la comunidad científica, quizás más ocupada en los progresos para la tecnociencia, descuidando de merituar los riesgos que se conocía existentes fruto de la biocenosis.
Finalmente se abren tres tópicos que encierran la riqueza de la obra: una enseñanza, un aprendizaje y por último un interrogante. La primera vinculada a la salud pública, de cuánto debe aprender ella, para no volver a encontrarse en situaciones de carencias de insumos técnicos y densidad profesional, para atender demandas sanitarias monovalentes que habrán de suceder; aquí hay una conexión con una cuestión de asignación de recursos económicos a la salud pública. La segunda es un aprendizaje que desde la bioética se deberá cumplir para saber de futuro utilizar mejor de ella que, sin descuidar el respeto por la dignidad humana, debe saber informar que no siempre se podrán atender a todos los enfermos de igual manera, en razón de sus propias condiciones físicas, estando el aprendizaje en saber presentar sin engañar, que ello no es abandonar a ninguno, puesto que todos son igualmente dignos.
Por último, un capítulo que interroga por la relación entre derechos personales y autonomía de los ciudadanos frente al cuidado sanitario público que el estado tiene obligación de custodiar. Ello lleva al autor, hacer una genealogía de entornos biopolíticos desde el siglo XVI al presente; constituyendo de rica erudición dicho planteamiento. No se puede obviar, el cuidado referencial a algunos pasajes de la obra de Foucault y Bentham, pero en especial de Blanchot. Allí es considerado el problema que hoy se discute, de la mutación de la condición de “ciudadanía” al de la “ciudadanía biológica”, como condición ambulatoria del hombre.
Al fin, un libro recomendable. Para reflexionar en tiempos donde la pandemia está con nosotros y según cree Andruet, siempre estará.
El autor, fundadamente, considera que el evento de la pandemia no debe ser tomado como un hecho aislado, pues anticipa la probabilidad de reiteraciones de similar o mayor entidad. La historia microbiana lo delata de ese modo. En función de ello, se propone un marco referencial interdisciplinario, con asiento en lo jurídico, médico y bioético.
¿Qué enseñanza quedará para la salud pública luego de la pandemia? ¿Qué aprenderá la bioética de lo ocurrido? ¿Cómo comprender el dilema moral entre la salud pública que el Estado debe cuidar y las libertades individuales de los ciudadanos? Estos interrogantes son respondidos con solvencia teórica y práctica en esta obra.