La sindicatura y el delito de balance falso

La sindicatura y el delito de balance falso

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El artículo 300, inciso 3º, del Código Penal. El síndico como agente del delito. Configuración del delito: publicación, certificación o autorización. Estados contables. Información a la asamblea. Estados contables falsos: doctrina y jurisprudencia.

  • Tipo: Libro

  • Edición: 1ra

  • Editorial: Astrea
  • Año: 1981

  • Páginas: 108

  • ISBN: -

  • Tapa: Rústica

  • Formato: 14 x 20 cm


Libro físico

Precio: $13.000 (USD 9)

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            El delito de “balance falso”, en el cual puede estar involucrado un contador o un abogado, es una acción, por comisión, dolosa y pluriofensiva, pues ataca a la fe pública y pone en peligro intereses diversos. Al decir del autor, es una forma de fraude que asume el rol de delito formal, pero cuyo dolo eventual del agente debe probarse en orden a ese peligro, consumándose entonces una falsedad ideológica. Así estudia al síndico como agente del delito, la configuración del delito (publicación, certificación o autorización), los estados contables y los informes que se encuentran comprendidos, en especial, lo relacionado con la información a la asamblea o reunión de socios.
 

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