Disposiciones generales. Sociedades en particular. Contratos de colaboración empresaria. Disposiciones y aplicaciones transitorias. Normas complementarias.
Tipo: Libro
Edición: 2da
Año: 2007
Páginas: 3416
Publicación: 31/12/2006
ISBN: 978-950-508-745-4
Tapa: Encuadernada
Formato: 15,7 x 23 cm
Precio: $220.000
Precio por mes: $11.000 (mínimo 3 meses)
Ámbito Financiero, 21/5/97, p. VII
Este es el quinto tomo pero el sexto volumen de una obra que conforma un verdadero tratado en relación al análisis exegético de la ley que regula el funcionamiento de las sociedades comerciales en el país. Este tomo 5 contiene la actualización general de la obra, es decir comenta, anota y concuerda las normas que sufrieron reformas, remitiendo a los volúmenes anteriores aquellas disposiciones que no merecieron modificaciones y por lo cual su análisis permanece intacto.
Se puede afirmar también que la obra así planteada configura una suerte de evolución de la ley, lo cual pone en manos del lector o consultante la doble posibilidad de indagar sobre el presente de la norma y, a la vez, acceder al comentario y texto de las disposiciones anteriores en aquellos casos en que sea necesario referirse a momentos del pasado, o bien establecer diferencias en la aplicación legal de esta específica materia.
A.T.
Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Año I, nº 2 (1997)
Esta obra consiste en una actualización general de su obra la ley 19.550, comentada, anotada y concordada, que el Dr. Verón desarrolló en cinco tomos y una actualización; y cumple adecuadamente el propósito del autor de que quede estructurada como un tratado exegético de rigurosa actualidad. Entrando al tratamiento de la Actualización General nos permite abarcar una visión actual de la crisis del derecho societario con referencias al derecho comparado y a la doctrina, poniendo de manifiesto la versación del autor sobre la materia.
Así, cuando trata la problemática del derecho económico (tema del que ya se había ocupado en trabajos anteriores), lleva a cabo esta aproximación siguiendo el excelente trabajo de Ángel Rojo, que caracteriza al derecho económico como una categoría sistematizadora de la materia jurídica que toma elementos de otras ramas del derecho sin presentarlo en términos de alternativa con otras ramas del mismo.
No olvida la referencia a los autores que encaran el estudio económico del derecho y la función económica del derecho societario, como así tampoco a la temática del derecho empresario y la empresa individual de responsabilidad limitada.
Toca además diversos temas que van desde las sociedades de garantía recíproca de la ley 24.467, sobre las que realiza un somero análisis crítico, hasta la mención del Mercosur y de los proyectos de reforma societaria.
La actualización en el tratamiento del articulado de la ley mantiene la sistemática de la obra en su totalidad, lo que permite, a quienes estamos acostumbrados a utilizarla, obtener la información tanto de índole legal como contable que buscamos. La aparición de este quinto tomo de Actualización nos permite decir que la ley de sociedades comentada de Verón constituye una obra de consulta fundamental, en la que el autor con versación y sistematicidad fue volcando la problemática de la Ley de Sociedades desde su aparición, con actualizadas citas doctrinarias y jurisprudenciales.
Dr. Julio A. Carrillo
La Ley, 20/5/97
La valoración de un libro no puede hacerse sino partiendo del programa propuesto por su autor. En este caso particular, la obra no nació ni se concluye con el libro objeto de este comentario, sino que forma parte de un emprendimiento del autor por todos conocidos, como fueron los cuatro tomos comentando la ley 19.550 y un apéndice anotándose parte de la reforma que aquella ley sufrió con la 22.903 (Adla, XLVI-B, 1310; XLIII-D, 3673). El presente es un tomo de “actualización general, tanto jurisprudencial y doctrinaria como legislativa y técnica” de todos los trabajos anteriores.
Luego de una lenta recorrida con varias paradas, el emprendimiento entiendo que concluye exitosamente, teniendo presente el objetivo perseguido por el autor, quien -evidentemente- es un infatigable recopilador de información, especialmente cuando es proveniente de fallos judiciales. Para ello, basta una muestra que enorgullece al suscripto aunque le comprendan las generales de la ley. En una ocasión en que estudiaba el derecho de información del socio, me llamó la atención que en el primer comentario al art. 55 Verón citara un fallo inédito de la sala I de la Excma. Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca (en la época que formaba parte de ella el doctor Adolfo Plínter). Teniendo presente los 700 km. de distancia que nos separa de la gran urbe, me tomé el trabajo de confirmar la cita. Era correcta, por lo que el interrogante pasó a ser cómo lo había conseguido.
Cuando se escribe en forma exegética es difícil mantener la misma profundidad en el análisis de cada precepto. También es cierto que no todos los artículos tiene la misma gravitación. Pero debo destacar que en la obra se advierte una particular tendencia a profundizar los aspectos contables próximos a las sociedades, o las consecuencias fiscales que aparejan diversos negocios, hechos o sujetos societarios. En ese sentido será muy útil al lector el análisis del régimen fiscal y previsional de los honorarios de los directores así como su responsabilidad tributaria. Se percibe también una particular visión así como un especial interés en los conflictos entre el derecho laboral y el societario, provocados por la ubicación de los roles de socios o autoridades sociales, bajo uno u otro ámbito. No falta el análisis a aquellas cuestiones que despertaron mayor interés en la última década, como los aportes irrevocables para futuras suscripciones de acciones; o la compra y venta de paquetes de acciones. También recibe su comentario el reinstaurado régimen de nominatividad accionaria, lo que destaca a la obra por su actualidad.
Al llegar a la sindicatura societaria se sostiene la compatibilidad entre esta función y la de auditor certificante y se analiza pormenorizadamente la responsabilidad del síndico en todos los ámbitos. También se hace alusión el control externo o denominada por el autor poder de policía societario. En oportunidad de introducirse en la actualización del comentario a los debentures, se incluye un capítulo para las obligaciones negociables en general y obligaciones convertibles.
Una vez arribado al turno de las sociedades accidentales o en participación, ante un particular acrecentamiento de la atracción de esta figura, el autor deja en el aire un interrogante en torno a la importancia que se le asigna a la personalidad jurídica, como característica o consecuencia necesaria de celebrar el contrato de sociedad. Desnuda valientemente su cambio de opinión respecto a si en la capitis diminutio del perverso art. 30 de la ley queda comprendida la accidental. Concluye la obra con los contratos de colaboración de los que se destaca la crítica al tratamiento fiscal que la DGI fijó para el impuesto al valor agregado en las uniones temporarias de empresas.
La obra cuenta con una prolija edición, lo que en su caso particular no es sencillo si se tiene presente que la misma actualiza otra a la que remite constantemente. En mi personalísima impresión, creo que hubiera sido más útil la referencia a los fallos mediante la mención de las carátulas, o el nombre que ha quedado retenido involuntariamente por quienes suelen detenerse en este submundo del derecho patrimonial que, de seguro, van a ser lectores de la obra.
Luis María Esandi (h.)
Recuérdese que en el tránsito de la obra anterior (1982/1987) se sufrió la relevantísima reforma de la ley 22.903 (1983).
A veinte o veinticinco años vista, el autor acometió –para beneplácito de los estudiosos e interesados– la correspondiente actualización, condensada en tres voluminosos tomos. Así, se toman en consideración las dispersas modificaciones legales y las disposiciones emanadas del órgano de registro y control, Inspección General de Justicia, que desde 2003 han enriquecido la temática societaria con diversas resoluciones polémicas (como por ejemplo, el control y registración de las sociedades off shore).
La obra, guiada por el método exegético, procura agotar el tema en cuanto a doctrina y jurisprudencia se refiere, siguiendo así la línea del anterior tratado.