Derechos, obligaciones y responsabilidad de las partes. Resumen. Intereses. Vía ejecutiva. Extinción. Sistema de denuncias. Acciones. Prescripción.
Tipo: Libro
Edición: 2da
Año: 2004
Páginas: 472
Publicación: 31/12/2003
ISBN: 950-508-540-0
Tapa: Tapa Rústica
Formato: 15,7 x 23 cm
Precio: $25.000
Precio por mes: $1250 (mínimo 3 meses)
Ámbito Financiero, 25/10/00, p. VII
El uso generalizado de las tarjetas de crédito como medio idóneo que facilita el intercambio y consumo de bienes y servicios hace surgir la necesidad de contar con la necesaria protección legal para los sujetos del sistema creando un adecuado marco de confianza recíproca entre la entidad emisora, el usuario y los proveedores.
En nuestro país rige desde septiembre ’99 la ley 25.065 que regula estas relaciones junto con las normas respectivas de los códigos Comercial y Civil y la ley de defensa del consumidor, a la que el autor no le otorga el carácter de supletoria sino de complementaria del régimen, por la importancia que reviste para los usuarios del sistema.
En esta obra se encara un examen pormenorizado de la nueva normativa legal con relación a los sujetos y a las condiciones que deben reunir el contrato de emisión y el de adhesión de los proveedores, destacándose los derechos, deberes y responsabilidades de cada uno.
Merecen destacarse especialmente las referencias efectuadas en cada uno de los puntos tratados respecto de la posibilidad de aplicación de la ley de defensa del consumidor a las situaciones conflictivas que se pueden generar.
HM
Jurisprudencia Argentina, 27/10/00, p. 86
El autor aborda la institución de la tarjeta de crédito y las cuestiones relativas a la protección del consumidor con medulosa prolijidad. Analiza en detalle los distintos contratos que a su juicio integran el “Sistema de tarjeta de crédito, según lo denomina la ley 25.065, recomponiendo al mismo de modo orgánico, y deteniéndose en la naturaleza jurídica de las relaciones que se establecen entre el emisor y el titular y los usuarios; entre el emisor y los proveedores, y las que se dan entre éstos y los usuarios en general.
Analiza asimismo los derechos y obligaciones que integran cada una de las relaciones citadas, así como también la naturaleza de la tarjeta misma (“el plástico”) acudiendo con solidez a los principios generales del derecho para desentrañar la verdadera índole de los temas que ocupan al escritor.
La profundidad de análisis del autor lo lleva a preguntarse incluso si está justificada la preocupación del legislador en cuanto a dedicar a la institución de la tarjeta de crédito una ley especial, deteniéndose en el estudio de las distintas posturas al respecto.
Wayar se adentra luego en la caracterización del sistema” brindando su meditada opinión sobre la naturaleza y finalidad del mismo.
Capítulo aparte mereció el tratamiento de la legislación de aplicación supletoria (Ley de Defensa de la Competencia y de Lealtad Comercial) y en especial la Ley de Defensa del Consumidor. En la enjundiosa obra se atiende a la discusión referente al requisito de “profesionalidad” como rasgo del comerciante por la norma, la situación del cliente bancario en las operaciones pasivas (en cuanto a si debe o no considerárselo “consumidor”) y se desarrolla creativamente el concepto de “contrato de provisión” como género comprensivo de todos aquellos contratos que pueden ser atendidos mediante el sistema de tarjeta de crédito.
En cuanto al contrato de emisión, analiza su tipo y caracteres, inclinándose el autor por la opinión de que se trata de un contrato consensual. Se analiza paso a paso el iter de la contratación, y los créditos que deben seguirse para su adecuada interpretación.
Se dedica en la obra un capítulo a la naturaleza jurídica del “plástico”, y otro a los derechos y obligaciones de cada una de las partes temas que el autor aborda con detalle y profundidad.
Por supuesto, no podía faltar lo relativo a resúmenes, intereses y vía ejecutiva.
En cuanto al primero de los temas mencionados, el autor analiza que efectos cabe extraer de dos disposiciones tan discordantes (al menos en apariencia) como son las que disponen la obligación del emisor de enviar un resumen al titular y la obligación de éste de concurrir a solicitar si no lo recibe. Wayar analiza el punto con profundidad e ingenio.
Con respecto al segundo tema (intereses), se dedica en la obra un capítulo a la cuestión relativa a lo justificado o no de la intromisión del Estado en el ámbito regido por el principio de la libertad contractual, como una forma de no detenerse en la superficie de las disposiciones legales, sino de profundizar en su esencia.
En cuanto a la vía de recupero de créditos, Wayar analiza detenidamente las distintas posturas en cuanto a reconocer o no vía ejecutiva de cobro a emisor, y a continuación la escogida por la ley 25.065.
Analiza también el autor el contrato celebrado entre el emisor y los proveedores del sistema, su naturaleza jurídica, caracteres, requisitos y efectos, como especial atención a los cuidados necesarios para evitar actitudes discriminatorias de parte del emisor que atenten contra la libertad de comercio de que gozan las empresas (en el caso específico, las pequeñas y medianas), lo que se destaca como permanente preocupación del autor.
En el capítulo dedicado al contrato celebrado entre proveedor y usuario, Wayar distingue el hecho de que el mismo sea “atendido” mediante el uso de la tarjeta de crédito de la consecuencia de que necesariamente merezca la protección como usuario, evitando las confusiones que puedan derivarse de la disposición legal que manda aplicar supletoriamente la Ley de Defensa al Consumidor.
A lo largo de la destacada obra descuella la labor del autor, genuinamente inclinado a la protección de los consumidores y aún de los pequeños comerciantes.
Sergio A. Militello
La Ley, 14/2/01, p. 10
La sanción de la ley 25.065 (Adla, LIX-A, 62), reguladora del régimen de la tarjeta de crédito en la República Argentina, ha sido objeto de numerosos comentarios y trabajos, tendientes a esclarecer el funcionamiento del sistema que la misma crea y estatuye, resaltándose, en la mayoría de los casos, los defectos de los que adolece. Es que si bien la casi totalidad de la doctrina (incluyéndose al suscripto) era partidaria de la regulación normativa de este masivo medio de crédito, se esperaba un producto legislativo mejor logrado y, fundamentalmente, más claro.
Empero, la citada normativa se encuentra vigente entre nosotros y la obra que comento aporta un singular enfoque desde un punto de vista distinto y que, sin duda alguna, constituye un aporte de importancia al concierto jurídico nacional.
Lo cierto es que, desde el punto de partida de considerar a la tarjeta de crédito como un sistema, Wayar analiza puntillosamente los distintos elementos componentes del mismo, con claridad expositiva y ahondando en los distintos puntos conflictivos que el mismo nos presenta.
Este sistema, según el autor, se encuentra compuesto por tres conjuntos de contratos individuales establecidos entre emisor y usuario, emisor y proveedor y, por último, usuario y proveedor, a lo que se suma el elemento fundamental indispensable para su funcionamiento que no es otro que la propia tarjeta de crédito.
Desde esta premisa se endereza el análisis posterior realizado por el autor. Así, dedica un extenso capítulo al estudio del contrato de emisión, otro al contrato entre emisor y proveedor (al que denomina de pertenencia al sistema) y uno restante a la relación entre el proveedor y el usuario (tipificado por Wayar como contrato de provisión).
En cada uno de estos tópicos, se realizan sendas descripciones cada contrato, se desentraña su naturaleza jurídica, las obligaciones de cada una de las partes y sus efectos entre partes y con respecto a terceros. Las citas doctrinarias y jurisprudenciales son profundas, así como también las opiniones personales del autor que, en todos los casos, aparecen suficiente y medulosamente fundadas.
Empero, si bien los análisis consignados aparecen como importantes aportes doctrinarios, es de resaltar las relaciones que el autor establece entre la ley de tarjetas de crédito y la ley de defensa del consumidor 24.240 (Adla, LIII-D, 4125), a la que, correctamente, torna de aplicación supletoria al sistema objeto del trabajo que comento.
Se inclina por una doble tutela establecida por la ley de defensa del consumidor para el usuario de una tarjeta de crédito: por una parte, frente a la entidad emisora, en su carácter de usuario de los servicios prestados por ésta; por otro lado, frente al proveedor o comercio adherido al sistema, atento a tratarse de un usuario o consumidor de los servicios prestados o bienes vendidos por ésta. Es más: afirma que entre el usuario de la tarjeta y el emisor (o, en su caso, el proveedor) se establece una relación de consumo que recibe el amparo del art. 43 de la Constitución nacional.
Este punto de vista tiñe de particulares características al posterior análisis, dado que se logran establecer los alcances de la protección legislativa a los usuarios-consumidores, aplicando tales preceptos al sistema de tarjetas de crédito, permitiendo una comprensión globalizada de los verdaderos derechos de estos usuarios. A punto tal que considera al banco como un verdadero prestador de servicios, lo que implica considerarlo como proveedor, siendo alcanzado, en consecuencia, por las normas de la ley de defensa del consumidor, aún en aquellas operaciones bancarias a las que califica como neutras. Dentro del mismo lineamiento, pone en duda el acierto de la exclusión de la ley de defensa del consumidor a los servicios prestados por los profesionales liberales, calificando a tal disposición legal como un privilegio.
No menos interés al lector causarán las referencias a los procedimientos tendientes a preparar la vía ejecutiva, impugnar los resúmenes remitidos por la entidad emisora y modos de extinguir las distintas relaciones contractuales que han sido, sin duda alguna, las innovaciones más importantes presentadas por la ley 25.065 y aparecen como de indudable utilidad práctica.
Como culminación de la obra se establece un capítulo final donde se analizan algunas disposiciones de carácter general como, por ejemplo, la prescripción de las acciones, donde se emiten críticas al sistema legislativo empleado que, sin duda alguna, no cabe más que compartir.
Amén de ello, se consigna el texto de la ley 25.065 y la importante bibliografía consultada por el autor.
Cuando una obra de este tenor toma estado público, sin duda alguna curiosidad en los estudiosos sobre la materia. Empero, estimo que el trabajo de Wayar ahonda en determinados aspectos que permitirán su utilización, no sólo por especialistas, sino también por los profesionales en general, en atención a que la materia analizada pasó a ser, lamentablemente, uno de los temas de mayor debate tribunalicio, en atención al incremento de la morosidad del sistema y, asimismo, algunos abusos que se denotan en su aplicación. Por lo tanto, no cabe más que celebrar su aparición, sobre todo, por las particularidades en enfoque destacadas.
Pablo Barbieri.
Tarjeta de crédito y defensa del usuario Wayar, Ernesto C. - | $ |