Relación de confianza. Patrimonio separado. Protagonismo del fiduciario. Aspectos operativos. Fideicomiso testamentario y régimen sucesorio. Titulización de créditos. El Uniform Trust Code.
Tipo: Libro
Edición: 3ra
Año: 2011
Páginas: 256
Publicación: 31/12/2010
ISBN: 978-950-508-941-3
Tapa: Tapa Rústica
Formato: 23 x 16 cm
Precio: $24.000
Precio por mes: $1200 (mínimo 3 meses)
Yale Law Report, volume 52, number 1, 2005, p. 24
Originally written as a guide for the layman to the operation of the Argentine statute on trusts, this updated version introduces the Uniform Trust Code to the spanish-speaking legal community and shows the convergence of the modern trust in the USA and the fideicomiso in Argentina. Hayzus’ 46 gratefully acknowledges the assistance of John H. Langbein, sterling professor of law and legal history, with this work.
Jurisprudencia Argentina, 2/5/01, p. 85
El tema del fideicomiso, sus finalidades en los ámbitos familiar y de negocios, las funciones del fiduciario, como así también lo relativo a los patrimonios separados, la protección de los beneficiarios y la administración son los aspectos puntuales que aborda el autor en esta obra.
En este interesante estudio, explica Hayzus que después de muchas vacilaciones y demoras, con la sanción de la ley 24.441 se ha incorporado en el derecho civil el instituto, poniendo de resalto también las múltiples aplicaciones a que tiene tanto en el orden particular como el de los negocios y cuya utilidad, sostiene, puede comprobarse no sólo en los países en los que se desarrolló, sino también en los que lo han incorporado a su régimen legal.
Como el autor lo anticipa en el prefacio, aun cuando los resultados del instituto en la práctica nacional son semejantes a los del sistema anglonorteamericano, el análisis efectuado sigue el esquema de la ley nacional.
Precisa con acierto la importancia práctica de la institucionalización del dominio fiduciario que consagra en el orden registral el art. 12 de la ley citada, al supeditar los efectos respecto de terceros de la transferencia a título fiduciario de bienes registrales, al cumplimiento de la respectiva inscripción.
Por otro lado, apunto Hayzus que la ley ha delimitado las cláusulas que el contrato de fideicomiso debe contener necesariamente a los fines de su tipificación, dejando, al propio tiempo, un amplio margen al acuerdo de partes y ampliando las bases del fideicomiso –hasta entonces contenidas en la definición de “dominio fiduciario” del art. 262, Cód. Civil– al establecer la ley 24.441 que el contrato versa sobre la “propiedad” de los bienes a ser entregados en fideicomiso, incluyéndose de tal modo todo aquello que tenga un valor económico, los bienes que no son cosas y cobrando presencia los créditos, títulos valores y los derechos emanados de un contrato.
Aclara asimismo que la mencionada ley establece un principio esencial al fideicomiso que es el de la separación del patrimonio fideicomitido en cabeza del fiduciario. Y tras reseñar seguidamente los pormenores de la incorporación del contrato de fideicomiso al derecho positivo argentino, se refiere a los diversos cambios que presentó el proyecto en el trayecto que recorrió para concluir, finalmente, con su sanción legal, adelantando que el próximo paso es la incorporación al Código Civil y sin dejar de soslayar una clara y completa reseña sobre la presencia del fideicomiso en el plano internacional.
A continuación se ocupa el autor del tema del dominio y propiedad en el fideicomiso, destacando las vacilaciones del legislador en punto a la terminología, la influencia del dominio fiduciario y la insuficiencia de la definición contenida en el art. 1° y lo que faltó decir acerca del fiduciario, para poner luego su atención en la temporalidad de la propiedad fiduciario. También analiza Hayzus, desde el punto de vista teórico y sin descuidar su significación y proyección práctica, los bienes dados en fideicomiso, su grado de determinación, los cambios en la composición de ellos, su transferencia y los efectos de ésta y los bienes incorporados con posterioridad, estudiando con especial y singular rigor los casos especiales del fondo de comercio y del fideicomiso testamentario.
Luego de avanzar sobre el tratamiento fiscal con particular atención, explora asimismo las finalidades del instituto en las disposiciones a título gratuito y en los fideicomisos de negocios. El fiduciante y los derechos del beneficiario aparecen también estudiados con profundidad, para abordar posteriormente el autor la figura central del sistema: el fiduciario, cuyo deber –dice Hayzus– es cumplir fielmente el encargo del fiduciante en el interés de los beneficiarios. Analiza además su capacidad, e independencia, sus diversas funciones y la sustitución y, en cuanto a los aspectos operativos, explica pormenorizadamente la administración del fideicomiso y las obligaciones derivadas de su funcionamiento, concluyendo, por último, con el estudio de la terminación del instituto.
Agrega al final de la obra un apéndice con la transcripción de la ley 24.441.
En suma, la lectura del libro refleja la amplitud del enfoque realizado por el autor, lo cual permite una completa visión del tema al lector interesado en comprender los alcances del instituto y su funcionamiento, sobre las bases implementadas por la ley mencionada y con observaciones críticas que son de gran interés.
Conforma de tal modo la obra un valioso material de trabajo e inevitable consulta para quien quiera adentrarse en el estudio del instituto y su desarrollo práctico.
Patricia B. Barbado
Boletín del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, 30/03/01, p. 5
“En Fideicomiso, el doctor Jorge Hayzus hace referencia, en un estilo conciso y muy claro, a los aspectos de tipo financiero, porque el viene del ámbito de las finanzas privadas y conoce muy bien el tema. Pero me quisiera referir al aspecto inmobiliario, en el cual a través de la figura del fideicomiso se pueden emprender la construcción de complejos habitacionales importantes y la realización de obras y de trabajos que acrecientan la riqueza privada y, como consecuencia, la riqueza colectiva. En el aspecto del turismo, en el aspecto de los tiempos compartidos, en el aspecto de grandes proyectos, de barrios privados y de countries, podemos utilizar la figura del fideicomiso y esto se hará con un gran beneficio. En primer lugar, porque si bien es cierto que el fiduciante transmite sus bienes, en realidad está encargándole a otra persona que tome esos bienes como propios, los administre como buen hombre de negocios, los conserve y que además los acreciente, los revalorice y que obtenga un beneficio. Es decir que el fiduciario no puede ser una persona común que simplemente se limita a cumplir una instrucción, una encomienda. Todo lo contrario, el fiduciario va a ser un profesional, un hábil hombre de negocios, que va a saber manejar la inversión y que incluso va a poder disponer de los bienes fideicomitidos si eso hace a los fines propuestos por el fiduciario. Con todo este bagaje de instrumentos jurídicos, evidentemente el negocio va a prosperar porque el límite del endeudamiento es la cuantía de los bienes fideicomitidos y no hay ninguna responsabilidad hacia el patrimonio del fiduciado.
En sus aplicaciones prácticas, todavía no estamos viendo bien cómo se implementa. Hay una gran falta de divulgación de este instituto, aún a nivel universitario y profesional. Todavía no se ha estudiado en profundidad una figura tan rica y llena de matices, que no es un mandato, que no es una gestión de negocios. Se trata de una figura que tiene características singulares y que el doctor Hayzus, con habilidad y muy buena pluma, ha sabido describir en esta obra que yo he leído con mucho entusiasmo. El tema es apasionante y sobre todo despierta un gran interés. En realidad, lo que les puedo decir es que este libro es una suerte de nuevo comienzo del fideicomiso en la Argentina”.
Dr. Marcelo Urbano Salerno
Revista Información Empresaria, diciembre 2000, p. 47
No se trata de una obra más sobre el instituto que, regulado finalmente por la ley 24.441, ya ha generado varias obras importantes y algunas polémicas enriquecedoras. El análisis de Hayzus tiene varias virtudes para plantearse interrogantes a partir de una cuidadosa exploración de los estudios que le anteceden en el tiempo, y procurarles respuestas sensatas, sin duda nacidas de una profunda y perseverante reflexión. Intercambiando opiniones con colegas, se nota aún una cierta perplejidad frente al fideicomiso –tal como lo trata la ley– no obstante haber sido reclamado con frecuencia por una doctrina inquieta que quería verlo incorporado a nuestra legislación y, sobretodo, a nuestra práctica jurídica, habida cuenta de su inestimable valor como herramienta utilísima para el desarrollo de los negocios.
Este libro, pues, tiende a despejar el panorama. Hayzus posee una envidiable claridad, precisión, sencillez y sentido práctico para glosar las numerosas aristas de esta problemática moderna y novedosa que, afortunadamente, va ingresando en forma paulatina en nuestro modo de pensar el derecho. Hay en esta obra de Hayzus un hilo conductor que rescata en todo momento la vigencia del principio contractual (p. 118 y 119), de fundamental importancia para la apropiada concertación del negocio jurídico correspondiente. Cada tanto, Hayzus nos lo recuerda porque la ley ha trazado pautas muy generales y el resto ha de integrarse con la creación a cargo de quienes asumen la responsabilidad de construir, a través del convenio, el haz de derechos y obligaciones que vincularán al fiduciante, el fiduciario, los beneficiarios y, por último, el fideicomisario, todos ellos actores indispensables de su trama.
En el apéndice se añade una excelente traducción al inglés del texto de la ley 24.441, de interés para quienes han de alternar con colegas extranjeros.
RIV
Ámbito Financiero, 9/10/00, p. 141
El auge en la utilización del instituto del fideicomiso, tanto en el ámbito privado como público, que se ha presentado en los últimos años en el país, ha generado paralelamente un gran interés por conocer su funcionamiento, bondades y defectos, no solo por los profesionales del derecho y las ciencias económicas sino en los medios empresariales y estudiantes. Sin embargo, pese a la bibliografía existente, no abunda el material que permita comprender y captar el mecanismo del fideicomiso para los distintos niveles donde despierta interés, es decir explicar paso a paso su esencia y las disposiciones que los regulan, como es la ley 24.441. Sobre todo en la Argentina que no tiene una tradición al respecto como los países anglosajones. De ahí que esta obra se proponga satisfacer a quienes se preguntan de qué se trata. Para ello, luego de efectuar las consideraciones indispensables de situación avanza sobre el dominio, propiedad y finalidades del fideicomiso, así como sobre la figura del fiduciante, los derechos del beneficiario y el fiduciario que resulta el centro del sistema.
Diario Judicial, 1/10/00
El contrato de fideicomiso ha sido objeto de numerosos comentarios doctrinarios a partir de su tipificación en la ley 24.441. La obra que me han propuesto comentar tiende, con un lenguaje claro, técnico y sencillo, a que el lector comprenda qué es y para qué sirve este contrato, que, como señala el autor, atrae a jueces y abogados interesados a anticiparse a los problemas de aplicación, sin detenerse en las normas conexas que hacen más difícil observar el funcionamiento del sistema subyacente.
Con ese propósito, el autor se ocupa en ocho capítulos de delinear los caracteres específicos del contrato, su objeto y atributos, como así también los antecedentes en el derecho comparado, especialmente en el trust. A su vez, destaca los "titubeos del legislador" en cuanto a la terminología utilizada, la influencia del dominio fiduciario, la insuficiencia de la definición contenida en el art. 1°, la omisión legal respecto del fiduciario, la temporalidad de la propiedad fiduciaria, y los efectos de la transferencia de los bienes, distinguiendo en forma específica el supuesto de los fondos de comercio, el fideicomiso testamentario, el fideicomiso desde el punto de vista impositivo y el fideicomiso como sujeto tributario.
En cuanto a los bienes dados en fideicomiso, el autor se ocupa de su grado de determinación, de los incorporados con posterioridad y de los cambios en la composición del patrimonio de afectación. Resulta sumamente útil la distinción efectuada en el capítulo III en relación a los fideicomisos de liberalidad, de beneficencia, con fines testamentarios, inmobiliarios, en garantía de obligaciones, de garantía y de créditos.
Los capítulos IV, V y VII están destinados a despejar dudas en torno a la situación de los sujetos intervinientes en el negocio, y así el autor se ocupa de la figura del fiduciante, de la definición y alcance del derecho del beneficiario y del fiduciario, al que considera figura central del sistema. Es interesante la expresión "la lealtad supone independencia" que utiliza el autor al referirse a la conducta exigida al fiduciario, como así también la individualización de sus funciones y de las causales de sustitución.
En el capítulo VII, el autor se dedica a los aspectos operativos del fideicomiso, y así alude en el apartado A) titulado "Administración del fideicomiso", al "dinamismo en la gestión del fiduciario", a la defensa del interés de los beneficiarios, a los criterios de organización y a los alcances de la administración del fiduciario. En el apartado B) de ese capítulo, se examinan las obligaciones derivadas del funcionamiento de fideicomiso, las deudas generadas por la propia existencia del fideicomiso, la autonomía del patrimonio fideicomitido, la insuficiencia de recursos, la situación de los títulos representativos de deuda en el fideicomiso financiero, y la de los acreedores del fideicomiso.
Por último, el autor analiza las causas de terminación del fideicomiso, su liquidación y la entrega de los bienes.
Así sintetizados los aspectos más relevantes del libro del doctor Hayzus, considero que el deseo expresado en el prólogo se ha cumplido con creces: la lectura de la obra cobrará un singular sentido para "quienes deseen completar el recorrido".
Dra. Gabriela Alejandra Iturbide
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