El comportamiento empresarial como antecedente razonable. Daños por frustración de expectativas. Publicidad y marketing. Tarjetas de crédito. Banca electrónica. Concesionarias. Cajas de seguridad. Productores de seguro. Redes empresariales ligadas al consumo social.
Tipo: Libro
Edición: 1ra
Año: 2004
Páginas: 152
Publicación: 31/12/2003
ISBN: 950-508-654-7
Tapa: Rústica
Agotado
Precio por mes: $1000 (mínimo 3 meses)
Jurisprudencia Argentina, 13/10/04, p. 88
La frustración de las expectativas contractuales no es un tema nuevo. Pero sí lo es la frustración de las expectativas en el marco de las relaciones de consumo actuales. La autora se ha hecho cargo de este tema complejo mediante un estudio sistemático y epistemológico con base en la doctrina de los actos propios y sus implicancias interdisciplinarias.
Weingarten sienta los presupuestos de su análisis posterior en el cap. I, analizando cuándo los actos propios de las empresas pueden ser considerados tales a efectos de generar expectativas razonables en los consumidores, así como cuándo estas expectativas razonables se presentan como lógicas objetivizadas en los consumidores para su protección.
La autora define el papel de la libertad y de la autonomía de la voluntad respecto de los actos propios, entendiendo que son, precisamente, el origen de la garantía jurídica para que sus efectos puedan tener virtualidad en el mundo de los negocios sociales o “socionecesidades” generadas por las empresas.
También considera que la doctrina de los actos propios constituye un nuevo centro de atribución objetiva de responsabilidad, con operatividad y autonomía. En definitiva, entiende a los actos propios fuente de derechos.
Señala que la protección de estas expectativas razonables amplía la visión de la realidad y tiene el valor de un verdadero principio general del derecho, entendiendo que el elemento fundamental del derecho no es la norma, sino el principio que la justicia, y la conducta antecedente es de trascendencia respecto de las expectativas razonables de derechos.
Seguidamente el cap. II de la obra trata de la tutela del consumidor frente a los actos propios de la empresa: la consideración de los derechos en expectativa, los actos propios como capital intangible de las empresas, la ley de defensa del consumidor y los actos propios como factor objetivo de responsabilidad. El cap. III se ocupa de la dependencia negocial aparente, principalmente de las concesionarias y productoras de seguros, y el cap. IV analiza la relación entre los actos propios y el sistema bancario: tarjeta de crédito, cajas de seguridad, banca electrónica y transmisión de datos y fondos. Finalmente, el cap. V desarrolla la temática de las redes empresarias ligadas al consumo social, en especial el estacionamiento en shopping y las redes de consumo –promociones y estrategias de venta conjuntas–.
La obra también recepta, en un apéndice, la jurisprudencia pertinente a los principios generales y los actos propios en el derecho comercial, laboral, administrativo, procesal y la apariencia de los derechos en expectativa.
En definitiva, esta muestra de temperamento y cientificidad, lejos está de ser una mera representación de la inquietud intelectual que define a la autora, sino que se trata, ante todo, de un valioso aporte al derecho del consumo.
Laura Perez Bustamante
Ámbito Financiero, 13/7/04, p. 93
En la actualidad las empresas desarrollan diferentes técnicas de publicidad y marketing, muchas veces engañosas, para captar a sus clientes, pero los hechos concretos no cubren las expectativas generadas. Los daños y perjuicios originados por los incumplimientos de las propuestas presentadas generalmente no se encuentran amparados por normas legales proteccionistas. Por ello son encarados por la doctora Weingarten desarrollando los derechos en expectativa de los consumidores bajo la óptica de la doctrina de los actos propios y sus efectos, considerando como meta primordial la defensa de los más débiles. Así, primero se analiza el comportamiento empresarial a través de los elementos condicionantes de los actos propios y sus efectos socioeconómicos y jurídicos para luego encarar la tutela del consumidor frente a este accionar y los efectos de la aplicación de la ley 24.240 de defensa del consumidor. También se han encarado situaciones puntuales relativas a contratación de seguros, operatorias bancarias, hipermercados y redes de consumo.