Controversias en torno del nuevo régimen de patentes de invención y de la ley de protección a la información confidencial. Derecho de autor. Piratería marcaria internacional: medidas de fronteras y cautelares innovativas. Patentes y propiedad industrial en Brasil. Jurisprudencia brasileña por la ley de propiedad industrial y el acuerdo ADPIC. Propiedad intelectual en el tratado de libre comercio México-Colombia-Venezuela.
Tipo: Libro
Edición: 1ra
Año: 1999
Páginas: 176
Publicación: 31/12/1998
ISBN: 950-508-524-9
Tapa: Tapa Rústica
Formato: 15,7 x 23 cm
Precio: $6000
Precio por mes: $300 (mínimo 3 meses)
Fojas Cero, diciembre 1999 - nº 90, p. 5
“El contenido de la colección Derechos intelectuales comprende desde transcripciones de nuevas disposiciones normativas nacionales y supranacionales, su comentario y exégesis, así como información elaborada sobre decisiones judiciales y administrativas de diversos países -incluyendo de modo particular la Argentina-, hasta trabajos de doctrina desdoblados entre los que se internan en estratos filosóficos y tecnológicos y aquellos otros que profundizan un tema concreto de legislación y jurisprudencia, abarcando su evolución histórica, el estado actual y su discernible evolución futura.
La colección Derechos intelectuales cuenta en su haber con trabajos que por su profundidad y enfoque satisfacen la enjundia propia de la investigación jurídica, y que han merecido ser citados por quienes abogan por el amparo de los derechos y en las decisiones judiciales de la materia.
Se da así un intercambio fecundo, ya que las sentencias de los magistrados inspiran el quehacer de los autores y sus estudios son útiles para la labor de los jueces y la de los profesiones del derecho.
La aprobación del Acuerdo internacional conocido como OMC-ADPIC o WTO (GATT)- TRIPs, resultado de la llamada Ronda Uruguay, abrió un nuevo capítulo en la historia de los derechos de propiedad intelectual.
La colección Derechos intelectuales acompañó la gestión del Acuerdo tratando en sus artículos las materias que lo integran y su aplicación en la región, de modo tal de mantener a la publicación en óptica consonancia con la evolución del derecho en la materia y las tendencias futuras.
Cierro estas reflexiones con un comentario puramente personal. Abrigo la esperanza de que el tratamiento conjunto del haz de los derechos intelectuales -que hasta hace poco tuvieron una vida relativamente independiente- favorezca su mejor amparo, en particular en la materia de patentes de invención, que sufre un menoscabo que pesa injustificadamente sobre los inventores”.
(Del Prefacio de Pedro Chaloupka)